¿La reforma laboral elimina festivos? MinTrabajo aclara el mito que circula en redes y explica qué dice realmente la norma.
Un video por aquí, un meme por allá y, en cuestión de horas, medio país estaba convencido de que la reforma laboral que impulsa el Gobierno se iba a llevar por delante los días festivos. Pero no. El Ministerio del Trabajo salió al paso y desmontó la idea con argumentos, citas legales… y una buena dosis de contexto.
El encargado de dar la cara fue el viceministro de Empleo y Pensiones, Iván Daniel Jaramillo, quien en entrevista con Mañanas Blu aclaró lo que dice (y lo que no dice) el polémico artículo que tanta confusión ha causado.
¿Se van a perder los festivos?
La respuesta corta: no.
La respuesta larga, según el viceministro: tampoco, y además eso ya existía desde hace 23 años.
“El parágrafo 3 del artículo 14 permite pactar un día de descanso distinto al domingo. Pero esa norma no es nueva, viene desde la Ley 789 de 2002 y fue avalada por la Corte Constitucional en 2004”, explicó Jaramillo.
En otras palabras, no es que la reforma laboral esté eliminando festivos o debilitando derechos laborales. Lo que existe es una figura de flexibilidad pactada, útil en situaciones donde, por ejemplo, un trabajador desea descansar un día diferente por motivos religiosos o familiares.
¿Entonces el empleador puede imponer un día de descanso y ya?
Aquí viene la clave: no se puede imponer de forma unilateral.
Jaramillo fue enfático al aclarar que este cambio debe ser acordado entre empleador y trabajador. No es una carta blanca para modificar horarios a conveniencia de la empresa ni una excusa para evitar el pago de recargos por trabajar domingos o festivos.
“Llevamos 23 años con esa posibilidad, y realmente no conozco casos en los que se haya abusado de esta manera”, señaló el viceministro, dejando en claro que los temores actuales no tienen sustento en la práctica laboral del país.
¿Qué pasa si el empleador actúa de mala fe?
Y aquí entra el otro punto importante. ¿Qué pasa si un jefe decide, con toda la intención, mover los días de descanso para evitar pagar recargos?
“Eso es una actitud caprichosa y no bien intencionada. Para eso está la inspección laboral”, respondió Jaramillo.
El Ministerio del Trabajo cuenta con mecanismos de inspección, vigilancia y control para evitar abusos. Si un trabajador considera que se están vulnerando sus derechos, puede acudir a la entidad para presentar una queja formal. El recargo por trabajo en domingos y festivos —que es del 80%— sigue plenamente vigente y debe ser respetado por los empleadores.
La reforma laboral sí cambia cosas, pero no los festivos
Aunque este episodio sirvió para encender alarmas, también dejó algo claro: la reforma laboral no toca los días festivos. No hay un artículo escondido que elimine puentes ni un plan secreto para acabar con los descansos pagados. Lo que existe es una norma de hace dos décadas, con un uso bastante limitado en la práctica, y que ahora —con reforma o sin ella— sigue vigente bajo las mismas condiciones.
Así que, por ahora, el calendario de festivos se mantiene intacto. Lo que sí necesita reforma, tal vez, es la manera en que se difunde la información en redes… porque ahí sí que abundan los recargos, pero de pánico.